La revolución de la inteligencia artificial ha traído consigo avances asombrosos, pero también ha facilitado una de las formas más insidiosas de violencia de género digital: la creación y difusión de deepfakes pornográficos. Los datos son contundentes: se estima que el 96% de los deepfakes en internet son pornográficos y el 99% de las víctimas son mujeres. Esta “violencia de género facilitada por la tecnología” busca silenciar, humillar y ejercer control sobre la imagen y la intimidad de las mujeres en el espacio digital.
Uno de los mayores obstáculos que enfrentan las mujeres es la disparidad en los marcos legales. En gran parte de América Latina, existe lo que los expertos llaman un “vacío crítico”. Aunque el daño psicológico y social es equivalente al de un abuso sexual físico, la mayoría de los países carecen de leyes que nombren específicamente a los deepfakes.
Las víctimas a menudo se ven obligadas a recurrir a leyes generales de difamación, injurias o derechos de autor, las cuales no están diseñadas para la rapidez y viralidad de la IA. En países como Bolivia, la falta de una ley específica de protección de datos dificulta una defensa coherente. Incluso donde existen leyes, como en Sudáfrica, se enfrenta el problema de la “justicia en papel”: leyes robustas pero con una aplicación policial y judicial débil.
A pesar de los desafíos, han surgido modelos legales de “última generación” que ofrecen herramientas reales de defensa:
1. El Modelo de Sinaloa (México): Es un referente regional. Su Código Penal (Art. 185 Bis C) sanciona tanto la creación como la difusión de material sexual generado con IA sin consentimiento.
2. La Ley Olimpia (Argentina y México): Este marco permite a las víctimas de violencia digital solicitar medidas cautelares urgentes, como la eliminación inmediata de contenidos y órdenes de protección, reconociendo que lo digital es real.
3. Marcos Internacionales de Respuesta Rápida:
◦ Estados Unidos (TAKE IT DOWN Act 2025): Obliga a las plataformas a eliminar deepfakes denunciados en un plazo máximo de 48 horas.
◦ Australia (Online Safety Act 2021): Otorga poderes al Comisionado de eSafety para imponer multas civiles masivas (más de 150,000 AUD) a quienes publiquen estas imágenes, ofreciendo una vía más rápida que el proceso penal.
◦ Unión Europea: La Directiva GBV (2024) criminaliza la producción de imágenes manipuladas que simulen actividades sexuales, exigiendo a los Estados miembros penas de prisión para 2026.
Guía de Acción General para Víctimas
En Troya News hemos preparado un material bien completo que ayuda a las víctimas a conocer cuales son las herramientas y redes de apoyo que pueden usar para combatir este tipo de crímenes, además de dar una guía de acción detallada de qué se debe hacer y que no se debe hacer en esos casos.
Aqui te damos un resumen:
Fase 1: Documentación (Preservación de Evidencia)
• No borrar nada de inmediato: Antes de reportar, tome capturas de pantalla completas que incluyan la URL, el nombre de usuario del agresor y la fecha.
• Registrar interacciones: Capture comentarios o reacciones que demuestren que el contenido ha sido visto, lo cual sirve para probar el daño.
• No interactuar con el agresor: Responder puede escalar la situación o dar satisfacción al perpetrador.
Fase 2: Reporte a Plataformas Digitales
• Meta (Facebook/Instagram): Utilice la ruta de “Explotación sexual” > “Imágenes íntimas no consensuales”. Meta usa un servicio de Media Matching para detectar automáticamente copias del mismo archivo.
• Google Search: Existe una herramienta específica para solicitar la eliminación de “contenido sexual falso conmigo” de los resultados de búsqueda.
• X (Twitter): Las denuncias por privacidad suelen ser lentas. Las fuentes sugieren que reportar por violación de derechos de autor (DMCA) suele ser 100% efectivo en menos de 25 horas si la víctima posee la foto original.
Fase 3: Denuncia Legal
• México: Acudir a la Policía Cibernética o fiscalías especializadas invocando la Ley Olimpia.
• Argentina: La denuncia puede hacerse ante cualquier juez o fiscalía. El sistema está obligado a remitir el caso a la autoridad competente en menos de 24 horas bajo un procedimiento gratuito y sumarísimo.
• Vía Civil: En países como Brasil o Australia, es recomendable buscar una orden judicial de cese y desistimiento o daños monetarios, que suele ser más rápida que la vía penal.
Recursos Disponibles: Red de Apoyo Especializada
Las víctimas no tienen que transitar este camino solas. Existen organizaciones dedicadas a brindar asesoría legal y contención emocional:
• Regional (América Latina):
◦ Hiperderecho (Perú): Proyecto “After the Law” para violencia sexual digital.
◦ TEDIC (Paraguay): Campaña “La violencia digital es real”.
◦ IPANDETEC: Apoyo en Centroamérica y República Dominicana.
◦ Línea 100 (Perú) o Red Nacional Ley Olimpia (México): Servicios estatales de asesoría gratuita.
• Global:
◦ Chayn: Plataforma con recursos interactivos en español sobre cómo actuar ante el abuso basado en imágenes.
◦ Revenge Porn Helpline (Reino Unido): Ofrece un chatbot (REIYA) disponible 24/7 para guía técnica.
◦ CCRI (Cyber Civil Rights Initiative): Helpline internacional para apoyo técnico y referencias legales.
◦ RAINN: Apoyo especializado para el trauma derivado del abuso sexual, incluyendo el digital.
Conclusión y Recomendaciones Finales
Es vital recordar que la víctima no es culpable; la responsabilidad recae totalmente en quien crea y distribuye el contenido. El camino hacia la justicia puede ser largo (típicamente de 1 a 3 años para procesos penales), por lo que combinar estrategias de reporte rápido en plataformas con acciones legales y apoyo psicosocial es la ruta más efectiva para la recuperación.
El reconocimiento de que la violencia digital tiene daños equivalentes al abuso sexual offline es el primer paso para que los gobiernos fortalezcan sus capacidades de investigación y financien servicios de ayuda especializados.


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